Somos Nicolás, Bruno, Joaquín y Lucas. Pertenecemos a primero de economía, del Colegio Inmaculada Concepción de Burzaco, y realizamos este blog como un Trabajo Práctico. En este trabajo hablamos de los derechos políticos, y su importancia en la sociedad. Esperemos que les guste.

Derecho de igualdad ante la ley

En la imagen colocada podemos observar una muejr sosteniendo una balanza para demostrar que todos somos iguales y que haya justicia por ello, esperemos que no haya más discriminación y que podamos aceptar esto.

En este artículo queremos brindarle al público un poco de información acerca de lo que fue y lo que es uno de los derechos políticos más importantes como es el derecho de igualdad ante la ley.
Dentro de este rango podríamos decir que el origen del principio de igualdad se remonta a la época de las ideas de rango revolucionario en Francia, en especial, en el periodo de la revolución francesa. A pesar de esto, se trataba de una igualdad respecto a la aplicación de la ley, es decir, los efectos de una ley no podrían ser diferentes para los ciudadanos. En definitiva, la igualdad en este caso era referente a la igualdad ante la ley.
Con el pasar de la historia, tal concepto sufrió algunas transformaciones hasta el punto en que la igualdad ante la ley dio lugar a la igualdad dentro de la ley. En este sentido, lo que importa no es la igualdad en los efectos de las leyes, y sí la igualdad de tratamiento dentro de las leyes, esto quiere decir que el tratamiento en abstracto y no puede ser discriminatorio, lo que no ocurre en los efectos de las leyes, los cuales pueden presentar un trato diferenciado entre ciudadanos.
La igualdad dentro de la ley debe ser un límite al legislador. De la misma forma, la aplicación de la ley debe ser hecha de manera igualitaria. Es importante, también, la identidad en los supuestos de hecho, es decir, para que haya una discriminación ilegítima las personas deben encontrarse en situación idéntica y tener tratamiento desigual por la ley. Por fin, cuando el legislador establece un trato diferenciador, debe hacerlo basado en una razón plausible y en una finalidad objetiva.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

puto

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